INFORMACIÓN LEGAL
“Derecho Europeo: Reventa de Software”:
En relación con el principio básico del software, según el cual la distribución de programas informáticos se produce mediante una venta, las ventas de licencias de software de segunda mano están incluidas en la Directiva europea sobre programas de ordenador 2009/24/EC (español), Artículo 4(2), que establece: «La primera venta en la Comunidad de una copia de un programa por el titular de los derechos o con su consentimiento, agotará el derecho de distribución en la Comunidad de dicha copia, salvo el derecho de controlar el subsiguiente alquiler del programa o de una copia del mismo».
El 3 de julio de 2012, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló en contra de Oracle en un caso que reafirmó la reventa de software de segunda mano en Europa. El TJUE dictaminó que el «principio del agotamiento» también se aplica a software intangible/digital, lo que incluye contratos de licencias por volumen vendidos por otros vendedores de software como Microsoft. Para acceder a un resumen de la sentencia del TJUE puede consultar: sentencia histórica del Tribunal Europeo: reafirmación de la legalidad del software de segunda mano.
Modelos de Negocio Ilegales:
Dentro del creciente sector de las licencias de software de segunda mano han surgido modelos de negocio ilegales.
Tenga en cuenta que se está revendiendo deliberadamente software que no es «adecuado para su finalidad» y no aprobaría una auditoría de vendedores de software. Por ejemplo, hay proveedores de software de segunda mano que anuncian el uso de una «certificación notarial» como un «seguro» legal para el cliente pero, en realidad, se podría usar (y ya se ha usado) a un notario para ocultar una fuente potencialmente ilegal. Otros proveedores de software deshonestos revenden ilegalmente la descarga/las claves de Microsoft Partner Pack o MSDN a precios extremadamente bajos (incluso en comparación con los niveles de precios del mercado de software de segunda mano). También vemos que proveedores de software de segunda mano revenden «certificados de software» de empresa diseñados por ellos mismos y proporcionan facturas con descripciones de productos sin el número único del acuerdo de licencia de Microsoft del cliente original de Microsoft.
En estos casos, puede que los clientes de software de segunda mano estén comprando sin saberlo papel membretado sin valor o certificados que no contienen ninguna licencia de software legítima. Los beneficios financieros a corto plazo pueden parecer atractivos en su momento, pero se evaporarán cuando se realice una auditoría y haya que enfrentarse a la amenaza del vendedor de software de emprender acciones legales por incumplimiento.
Información Legal – Lista de Verificación:
Discount-Licensing cuenta con la certificación ISO 9001: 2015 (Unión Europea y Reino Unido), y ofrece productos y servicios de software que cumplen los requisitos reglamentarios o legales vigentes, así como los requisitos del cliente, de conformidad con los criterios de la Organización Internacional de Normalización. Con el fin de cumplir la Directiva europea sobre programas de ordenador 2009/24/EC y la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de julio de 2012, un proveedor legítimo de software de segunda mano debería poder proporcionar lo siguiente en cada transacción:
1. El software se ha «puesto en servicio» por primera vez en Europa («país de uso original»);
2. El acuerdo de licencia único y original del cliente de Microsoft/el código SKU del producto, que identifican a la empresa que compró primero el software y lo que se compró;
3. La confirmación de que se ha quitado y desinstalado el software del/de los servidor/es del cliente original de Microsoft;
4. Documentación de propiedad que conduzca al cliente original de Microsoft.
BREXIT
El 31 de diciembre de 2020, el Reino Unido (RU) dejó de formar parte de la Unión Europea (UE) de manera oficial mediante el pacto de un acuerdo de retirada («Tratado»). Haga clic aquí para ver nuestra declaración.